“Cuando
solamente –después vendrían las escuchas a los abogados de 'Gürtel' y los
cursos de Nueva York– dos organizaciones, una, con un amplio historial de
crímenes contra la humanidad y, la otra, un seudo-sindicato heredero de las
esencias franquistas –Falange Española de las JONS y Manos Limpias– habían
conseguido el beneplácito de la máxima instancia judicial –el Tribunal Supremo–
para sentar en el banquillo al juez que intento acometer la investigación de
los crímenes del franquismo”.
Por
ello, los historiadores abajo firmantes quieren manifestar lo siguiente:
Se ha demostrado científica y suficientemente, a través de numerosas investigaciones rigurosas, la implicación de Falange Española de las JONS (a partir de abril de 1937 Falange Española Tradicionalista y de las JONS) en la represión desplegada en la zona controlada por el Ejército sublevado desde el golpe de estado contra la democracia republicana hasta bien avanzada la posguerra, ya consolidada la dictadura franquista. Son los propios documentos oficiales (del Ejército, de la Guardia Civil, de la Policía y de la propia Falange) los que dejan evidencia de esa implicación. Estas tareas represivas de Falange afectaron durante años a miles de personas en todo el país. Esta es, por tanto, una verdad científica cimentada en decenas de investigaciones que no admite discusión.
Queremos mostrar nuestra más
absoluta repulsa ante el hecho de que un periodista que constate una verdad
histórica sea imputado por un juez que acepta la denuncia de Falange por buscar
el “menoscabo del honor de Falange con
vejaciones injustas, imputándole a FE-JONS, con temerario desprecio hacia la verdad, la comisión de delitos (…)
para menospreciar y menoscabar públicamente la fama y el honor de dicha
organización.” Sería como si en
Alemania un juez aceptara una denuncia del partido nazi contra un periodista o
historiador que escribiera sobre los crímenes contra la humanidad cometidos por
los miembros de su partido durante los años treinta y cuarenta. En definitiva,
no se trata sólo de un ejercicio de libertad de expresión, reconocida por el
art. 20 de la Constitución, sino también
del derecho a la verdad, difundida por historiadores y periodistas, y recibida por
el resto de ciudadanos que tienen derecho a conocer lo sucedido en su propio
país.
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